Los mayores andaluces y dependientes, no podrán acceder a la hipoteca inversa

La entrada en vigor del decreto ley de función social de la vivienda, por el que se establece la posibilidad de expropiar temporalmente y de sancionar a bancos e inmobiliarias que mantengan viviendas vacías, ha provocado que las únicas entidades que ofrecían la hipoteca inversa en Andalucía, cesen sus operaciones por la inseguridad y el riesgo que esta norma acarrea a las entidades.
La Hipoteca Inversa es un préstamo con garantía hipotecaria dirigido a personas mayores de 65 años o dependientes cuya principal característica es que la entidad financiera paga una cantidad mensual garantizada y vitalicia al titular, sin que éste ni sus herederos pierdan la propiedad de su vivienda.
Se trata de un tipo de préstamo regulado por ley, en la que se establecen determinadas bonificaciones a su contratación para facilitar el acceso al único producto financiero que permite, a las personas mayores, convertir su vivienda en una fuente de ingresos mensuales, y sin perder la propiedad de la misma. Está ideado para las personas que tienen vivienda, pero que consideran que no tienen suficiente liquidez mensual.
Los principales usos de la hipoteca inversa son: obtener liquidez para poder pagar gastos corrientes, cancelar pequeñas deudas, acceder a una residencia, y ayudar a los hijos en situación de paro.
De esta manera, a partir de ahora, los mayores andaluces no tendrán la posibilidad de acceder a esta alternativa de financiación, única forma posible para muchos de ellos de mejorar su calidad de vida.

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